Con el objetivo de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer algunas malas prácticas en la emisión de facturas:
- Exigir como requisito un dato distinto al RFC
El solicitante sólo debe proporcionar verbalmente su RFC, cualquier dato adicional no es un requisito para la emisión.
- Obligar al receptor a proporcionar un correo electrónico
El pedir un correo electrónico debe ser opcional, ya que es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla. Cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT, con su RFC y contraseña.
- Aumentar el precio del bien o servicio si se solicita la factura
Sin importar si se solicita o no el comprobante fiscal, es indebido aumentar el precio del bien o servicio, ya que este debe incluir el IVA.
- Obligar al receptor a generar la factura en un portal
Si así lo requiere el contribuyente, la factura se deberá de entregar en el establecimiento en donde se lleve a cabo la operación y al momento de realizarla.
- Negar la factura cuando se solicita tiempo después
No se debe negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Las facturas se pueden emitir con posterioridad, siempre y cuando sean en el mismo año en que se realizó la operación.
- Solicitar que se indique el uso que se le dará a la factura
Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá de utilizar la clave “P01 Por definir”.
- Negar la factura si el pago se hace en efectivo
Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá de emitir la factura.
- No emitir la factura cuando se reciben anticipos
Los pagos por anticipos también deben de facturarse.
- La facturación es una obligación.
El SAT no tiene convenios con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.
Recuerda que el no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los requisitos señalados por el SAT, se considera como un infracción que puede ocasionar hasta la clausura de el establecimiento.
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Fuente: Expansión