Llegó la temporada de vacaciones de verano, periodo en el cual un gran número de trabajadores solicitan dÃas de vacaciones y surgen dudas acerca de la prima vacacional y del monto de dÃas disponibles para vacacionar. Es por eso que en Microsip te queremos compartir los puntos más importantes sobre este derecho laboral.
¿A cuántos dÃas de vacaciones tienes derecho como trabajador?
La Ley Federal del Trabajo, en su artÃculo 76 indica que los trabajadores con un año de antigüedad pueden gozar de 6 dÃas de vacaciones pagadas. Posteriormente, se aumentan dos dÃas por cada año laborado, hasta llegar a 12. A partir del quinto año de servicios, aumentará en 2 dÃas de vacaciones por cada 5 años. Por lo tanto, de acuerdo a la cantidad de años laborados, los dÃas de vacaciones correspondientes serÃan de la siguiente manera:
- Año 1: 6 dÃas
- Año 2: 8 dÃas
- Año 3: 10 dÃas
- Año 4: 12 dÃas
- De 5 a 9 años: 14 dÃas
- De 10 a 14 años: 16 dÃas
- De 15 a 19 años: 18 dÃas
- De 20 a 24 años: 20 dÃas
- De 25 a 29 años: 22 dÃas
- De 30 a 34 años: 24 dÃas
- De 35 a 39 años: 26 dÃas
Si trabajas por temporada, el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de dÃas trabajados en el año.
¿Quién determina el periodo vacacional?
El patrón determina las fechas en las que el trabajador disfrutará de sus vacaciones, dentro de los 6 meses siguientes al cumplir cada año de servicio.
¿A qué dÃas de descanso adicionales tienes derecho?
Por disposición oficial, los empleados tienen derecho a gozar de los siguientes dÃas de descanso obligatorios adicionales a su periodo vacacional:
- 1º de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1º de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1º de diciembre de cada seis años por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
¿Qué es la prima vacacional?
La prima vacacional es una prestación en dinero, de carácter legal obligatorio a la cual tiene derecho cualquier empleado, con el objetivo de que este último tenga un dinero adicional a sus ingresos normales para costear sus vacaciones.
De acuerdo al artÃculo 80 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones. Es decir, si un trabajador tiene derecho a 6 dÃas de vacaciones, la empresa le pagará el salario Ãntegro por esos 6 dÃas y además un 25% adicional por concepto de prima vacacional. Esta prestación genera retención de impuestos (ISR), sin embargo, la ley establece un monto exento de 15 dÃas de salario mÃnimo vigente.
¿Cuándo se debe pagar?
La Ley Federal del Trabajo sólo especifica que es un derecho, pero no indica la fecha exacta. Por tal motivo, cada empresa lo paga en diferente fecha, algunas realizan el pago al año exacto de la fecha de ingreso del trabajador y otras lo hacen cuando el empleado toma sus vacaciones.
¿Qué pasa si no te pagan tu prima vacacional?
Puedes acudir a la ProcuradurÃa Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde un abogado te brindará asesorÃa legal personalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan tu prima vacacional?
Un año a partir de que éstas sean exigibles.
¿Las empresas pueden darte dinero a cambio de tus vacaciones?
No, el artÃculo 79 de la Ley Federal del Trabajo establece que las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Sólo en caso de que termine la relación laboral y no hayas disfrutado de tus vacaciones, éstas deberán ser pagadas en efectivo.
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